martes, 29 de mayo de 2007

RESOLUCIÓN DEL CAPÍTULO DE PUERTO RICO A LA XIVta. CONFERENCIA CONTINENTAL DE LA ASOCIACIÓN AMERICANA DE JURISTAS

CONSIDERANDO:

La Resolución de la Asamblea General de la ONU 1514(XV) de 1960 sobre la autodeterminación de los Pueblos, la Res. 1205(XX) del 1965 y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en las cuales se prohíbe la continuación del colonialismo y el racismo, clasificándolos como amenazas contra la paz.

La Res. 41/128 de 1986 sobre el Derecho al Desarrollo en su artículo primero, el cual señala que el desarrollo es un derecho inalienable del ser humano, reafirmando el derecho de autodeterminación de los Pueblos y la soberanía sobre sus riquezas y recursos naturales, según lo dispone el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en sus artículos 1 y 2 sobre el derecho a la autodeterminación de los Pueblos, la prohibición del discrimen racial y las creencias políticas.

Los derechos humanos contenidos en la Declaración Universal, en el Convenio contra la Tortura y Otros Tratos o Castigos Crueles, Inhumanos o Degradantes, y los enumerados en el artículo 4(2) del Pacto de Derechos Civiles y Políticos sobre la vida e integridad del ser humano, los cuales no permiten derogación.

EXIGIMOS:

A la comunidad internacional que se intensifique el apoyo y se mantenga bajo observación el caso de Puerto Rico, para que la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas lo incluya en su agenda.

Al gobierno de los EE.UU., cese de intervenir en las decisiones básicas del Pueblo de Puerto Rico, a saber, que no insista en imponer la pena de muerte prohibida por la Constitución de Puerto Rico, ni siga “federalizando” desde el ambiente hasta la seguridad del Pueblo otorgándolas a agencias federales como el FBI, el cual ha sido responsable de la persecución de independentistas en la Isla.

A la Marina de Guerra y al gobierno de EE.UU., descontamine y devuelva las tierras en Vieques, Culebra y Ceiba, y divulgue la información sobre la contaminación por tóxicos y metales pesados que se depositaron en el ecosistema de Vieques y en el resto de las bases militares en Puerto Rico y aguas del Caribe.

Se otorgue una compensación y reparación adecuadas para las víctimas de la contaminación por los tóxicos depositados en Vieques.

Se libere a los presos políticos puertorriqueños quienes cumplen condenas desproporcionadas por más de 25 años, en cárceles de los EE.UU., debido a sus creencias políticas.

Se divulgue, se juzgue o extradite a los culpables de la muerte del luchador independentista, Filiberto Ojeda Ríos, por haber sido una ejecución sumaria y arbitraria, contraria a los Principios para la Prevención e Investigación de Ejecuciones Ilegales, Sumarias y Arbitrarias, adoptados por el Comité de Prevención y Control de la Criminalidad (Res. 1989/65), y reafirmados en la Resolución de la Comisión (Consejo) de Derechos Humanos 2005/34 sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias y Arbitrarias (E/CN.4/2005/L.10/Add.11).

SOLICITAMOS:

A la Asamblea de la XIVta. Conferencia de la Asociación Americana de Juristas que recomiende a los representantes permanentes de la AAJ ante la ONU en Ginebra y Nueva York la presentación de esta Resolución, y el seguimiento de su tratamiento por parte del organismo encargado, informando periódicamente del estado del trámite ante la AAJ Intercontinental y al Capítulo de Puerto Rico.

19 de mayo de 2007.

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